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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Comienza este estudio con una introducción, donde se explica el objeto de la evaluación, los antecedentes y su justificación, el ámbito de referencia o de estudio, el marco legal, y la metodología que se va a utilizar.

No deben faltar las claves para determinar el estudio de impacto, la necesidad de realizar la obra en cuestión y su Estudio de Impacto Ambiental, y que para ello se sigue la metodología indicada en la Ley 6/2001 y su Reglamento (R. D. 1131/88).

Se indican todas las leyes de referencia que se toman en consideración para el Estudio de Impacto Ambiental.

Por ejemplo:

  • Real Decreto Legislativo 1 302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
  • Real Decreto Legislativo 1 131/1988, de 30 de septiembre, que aprueba el Reglamento relativo al Real Decreto Legislativo 1 302/1986.
  • Ley 6/2001, de 8 de mayo, de Evaluación de Impacto Ambiental.
  • Ley 10/1991, de 4 de abril, para la protección del medio ambiente.
  • Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
  • Ley 4/1989, sobre conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
  • Real Decreto 439/1990 sobre protección de animales.

Se continúa, de esta forma, incluyendo la legislación estatal, a continuación se especifica la legislación de la Comunidad Autónoma, las legislaciones oportunas sobre factores afectados (espacios protegidos, patrimonio histórico español, especies protegidas...) y por último:

  • Normativa Urbanística de los distintos municipios atravesados

1.IDENTIFICACIÓN

Para identificar los impactos, se debe desarrollar una serie de tareas como analizar el proyecto y sus alternativas para determinar el árbol de acciones del proyecto susceptibles de producir impactos, y estudiar el medio en que se va a desarrollar la obra, es decir, hacer el inventario ambiental y obtener de él, el árbol de factores:

Árbol de acciones:

La metodología a seguir se basa en dos pilares, el conocimiento del proyecto para obtener las acciones y el estudio del entorno para obtener los factores. Por lo tanto una tarea es la de describir el proyecto y las posibles alternativas, y realizar una lista con las acciones derivadas del proyecto.

Ejemplo de lista de acciones:

Por ejemplo, para el caso de una carretera, estas acciones pueden ser:

1.FASE DE PLANEAMIENTO

1.1. Diseño y localización de alternativas

2. FASE DE CONSTRUCCIÓN

2.1. Ocupación del terreno

2.2. Explanación y desvío de servicios

2.2.1. Desbroce y despeje

2.2.2. Movimientos de tierra: desmonte y terraplenes

2.2.3. Uso de explosivos

2.2.4. Préstamos, canteras y vertederos previstos

2.2.5. Explotación de canteras

2.2.6. Desvíos y reposiciones

2.3. Afirmado

2.4. Estructuras

2.4.1. Construcción de puentes

2.4.2. Obras de drenaje

2.5. Obras y trabajos auxiliares

2.5.1. Instalaciones

2.5.2. Circulación de maquinaria

2.5.3. Actividades auxiliares

3. FASE DE EXPLOTACIÓN

3.1. Circulación de vehículos

3.2. Presencia física y funcionamiento de la vía

3.3. Mantenimiento

3.4. Áreas de servicio

Inventario ambiental:

La valoración del entorno se realiza mediante el inventario. Su objetivo es obtener un listado de los factores ambientales y su ponderación.

Por ejemplo, el esquema a seguir puede ser:

  • Medio físico: clima, geología, edafología, geología y orografía, hidrología y calidad de las aguas.
  • Medio biológico: Flora y vegetación, fauna.
  • Medio socioeconómico: demografía y distribución espacial de la población, usos del suelo, planeamiento territorial.
  • Paisaje: Descripción del paisaje, calidad, singularidad y fragilidad paisajística.
  • Riesgos naturales e inducidos: incendios.
  • Listado de factores ambientales y pesos de los mismos en el ámbito de estudio.

Es muy importante que este resumen del inventario esté muy orientado a la obra y al territorio de que se trata. No tiene sentido que se copie una serie de listas de plantas y de animales a las que la obra no vaya a afectar. Así, si la obra no afecta a lagunas ni ríos, no tiene sentido escribir una lista pormenorizada de anfibios acuáticos. Los factores se deben ponderar.

Ejemplo de ponderación:

Se han repartido 1000 puntos entre los factores ambientales para determinar su peso. Este peso indica la contribución relativa de cada uno de ellos a la calidad ambiental del ámbito de referencia. Para determinarlos se ha aplicado el método Delphi, consultando a expertos, técnicos y a instituciones afectadas por la obra.

1. SISTEMA FÍSICO NATURAL 550 1.1. Medio abiótico 230 1.1.1. Aire 80 1.1.1.1. Calidad del aire 30 1.1.1.2. Nivel sonoro 50 1.1.2. Geología. Geomorfía 40 1.1.2.1. Relieve 25 1.1.2.2. Recursos culturales (PIGs) 15 1.1.3. Suelos 40 1.1.3.1. Contaminación del suelo 20 1.1.3.2. Capacidad agrológica del suelo 20 1.1.4. Aguas superficiales 40 1.1.5. Aguas subterráneas 30 1.2. Medio biótico 240 1.2.1. Vegetación 120 1.2.1.1. Formaciones vegetales 100 1.2.1.2. Especies singulares 20 1.2.2. Fauna 120 1.3. Paisaje 80 1.3.1. Calidad. Unidades de paisaje. 40 1.3.2. Intervisibilidad 40 2. MEDIO SOCIOECONÓMICO 300 2.1. Usos del suelo 130 2.1.1. Usos productivos 55 2.1.2. Viario rural 15 2.1.3. Usos recreativos 20 2.1.4. Conservación de la naturaleza 40 2.2. Población 70 2.2.1. Empleo 25 2.2.2. Calidad de vida 30 2.2.3. Aceptación social 15 2.3. Economía 40 2.4. Infraestructuras y planeamiento urbanístico 60 3. PATRIMONIO CULTURAL 100 3.1. Patrimonio histórico artístico 55 3.2. Arqueología y paleontología 45 4. PROCESOS 50 4.1. Erosión 20 4.2. Inundación 10 4.3. Incendios 20

Algunos de los efectos ambientales detectados por la relación causa – efecto pueden no ser relevantes y otros tendrán una afección significativa.

Definición de impacto ambiental:

Se denomina impacto ambiental a un efecto notable producido sobre un factor ambiental que vaya a ser afectado por la obra de forma significativa.

Los factores que se identifique como que van a ser afectados por la obra de forma significativa es deseable que reúnan las características de ser relevantes, es decir, indiquen una información sobre el estado del entorno, que entre ellos no existan solapamientos ni redundancias que den lugar a repeticiones en la identificación de los impactos, que sean susceptibles de tener una definición clara que permita su correcta identificación y puedan ser medibles mediante algún indicador. Si se trata de recursos naturales renovables es interesante poder aportar información sobre su tasa de renovación, el ritmo de consumo e intensidad de uso que permitiría una gestión controlada, así como las limitaciones que deberían imponerse o los riesgos a los que llevaría un uso indebido del recurso. Si se trata de contaminantes conviene aportar la capacidad de dispersión o de autodepuración. Una seria reflexión, sobre el inventario ambiental y las relaciones de causa – efecto, realizada usando cuestionarios, consultas, entrevistas, listas de referencia, grafos... permite confeccionar el árbol de factores ambientales afectados por la obra.

Matriz causa - efecto:

La mejor herramienta para determinar los impactos son las matrices de relaciones causa – efecto. Se parte del árbol de acciones de la obra y del árbol de factores ambientales afectados que se disponen como entradas de una matriz. Se señalan las casillas de cruce cuando en ellas se tiene un impacto significativo.

La más conocida de dichas matrices es la matriz de Leopold.

2.VALORACIÓN

Esta valoración o cuantificación de impactos puede hacerse de forma cuantitativa, cualitativa o por simple enjuiciamiento. En todos los casos la evaluación termina con un juicio sobre los efectos, clasificándolos en notables o impactos y en efectos mínimos. Los efectos notables o impactos se clasifican a su vez en compatibles, moderados, severos y críticos. Si la única evaluación que se formaliza sobre un determinado efecto es esta categorización de los impactos dentro de dicha clasificación, a juicio del técnico, debidamente razonada, se dice que se ha realizado un mero enjuiciamiento.

Si se utilizan diferentes técnicas que permitan mejorar la objetividad del juicio de valor realizado, se dice estamos ante una valoración. Esta valoración puede ser cualitativa o cuantitativa. En una valoración cualitativa se evalúan, de forma subjetiva, una serie de cualidades de los impactos ambientales. Normalmente se utilizan las definidas por la legislación. Se obtiene un valor numérico que usualmente se denomina importancia.

En una valoración cuantitativa se mide la magnitud del impacto para lo que se utilizan indicadores numéricos que proporcionan una medida de la magnitud del impacto, que en un primer momento se obtiene en unidades heterogéneas, y que mediante las funciones de transformación se convierten en la magnitud en unidades hom*ogéneas o comparables entre distintos tipos de impactos, lo que permite obtener una valoración numérica del impacto total producido por la obra, el proyecto o la alternativa, de forma que se puede comparar el impacto total de las diferentes alternativas, permitiendo seleccionar la que menor impacto produzca. Es importante no sólo establecer la magnitud sino también el umbral a partir del cual el impacto provocado debe imponer limitaciones a la actividad, bien en la fase de construcción como en la fase de explotación.

Se deben tener en cuenta una serie de criterios al seleccionar las herramientas adecuadas para realizar la valoración. Entre ellos, considerar si las alternativas que se estudian son radicalmente diferentes o poco distintas en cuanto a tamaño y ubicación, para, en el primer caso, comparar el impacto global, mientras que en segundo es posible comparar directamente determinados impactos. También es preciso valorar los recursos disponibles de personas, presupuesto, conocimientos y tiempo, así como el uso de recursos informáticos. Las valoraciones cuantitativas tienen mayores necesidades. Cuanto mayor sea el conocimiento del evaluador sobre la actividad, el entorno y sobre las técnicas de evaluación mayor será la validez de una evaluación subjetiva respecto a los impactos. Una elección arbitraria de las ponderaciones o de los indicadores o de las fórmulas a utilizar hace que la evaluación no sea eficaz. La necesidad de una explicación minuciosa de la metodología utilizada y de las razones que han conducido a ella aumenta al crecer la importancia de la actividad, su envergadura y su repercusión social. Las técnicas utilizadas en la identificación de los impactos: listas de chequeo, diagramas de redes, matrices de cruces... pueden volver a utilizarse y enriquecerse en esta fase añadiendo ahora las valoraciones realizadas.

Simple Enjuiciamiento:

El enjuiciamiento es necesario por ley. De cada impacto se debe decir si es compatible, moderado, severo o crítico. Por simple enjuiciamiento, en un primer contacto, y para separar aquellos impactos poco significativos que ya no requieran un mayor estudio, se distingue entre los efectos notables o impactos y los efectos mínimos. Los efectos notables se denominan impactos.

Por tanto, una vez identificados todos los posibles efectos ambientales mediante la matriz de cruces, el siguiente paso es clasificar los efectos en notables y mínimos. Una vez cribados los efectos mínimos, aquellos poco significativos, se pasa a valorar los efectos notables que se van a denominar impactos ambientales.

En muchos casos las diferencias entre un efecto notable y uno mínimo dependen de pequeños detalles en la forma de realizar el proyecto, por lo que, como indica la legislación que habla de “demostrar que no es notable”, siempre que exista la posibilidad de que un efecto ambiental sea notable, habrá que incluirlo en la valoración.

Los impactos notables se clasifican en compatibles, moderados, severos y críticos. La legislación indica también cómo distinguirlos. En el Anexo 1: Conceptos técnicos del Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre, se define:

  • Impacto ambiental compatible: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese de la actividad, y no precisa prácticas protectoras o correctoras.
  • Impacto ambiental moderado: Aquel cuya recuperación no precisa prácticas protectoras o correctoras intensivas, y en el que la consecución de las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo.
  • Impacto ambiental severo: Aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio exige la adecuación de medidas protectoras o correctoras, y en el que, aun con esas medidas, aquella recuperación precisa un período de tiempo dilatado.
  • Impacto ambiental crítico: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras”.

VALORACIÓN CUALITATIVA O CÁLCULO DE LA IMPORTANCIA

Toda valoración, por definición, es subjetiva, lo cual no significa que tenga que ser arbitraria. Las distintas técnicas de valoración de impactos intentan disminuir la posible subjetividad de las conclusiones justificando de la mejor manera posible todos los juicios de valor que se realizan. En las técnicas de valoración cualitativa se valoran, de forma subjetiva, aunque el resultado obtenido sea numérico, una serie de cualidades de cada uno de los impactos de cada una de las alternativas, asignando valores prefijados según esa cualidad sea alta, media o baja. Los valores obtenidos pueden reflejarse de nuevo en una matriz de cruces entre acciones y factores, que algunos autores denominan matriz de importancia y otros, índices de incidencia. La razón para llamar así a esta valoración cualitativa es que refleja, de alguna manera la importancia (Im) del impacto, midiendo la trascendencia de la acción sobre el factor alterado mediante determinados atributos.

Sobre la valoración cualitativa de nuevo la legislación ayuda a definir las cualidades que deben tenerse en cuenta.

Los atributos reflejados en la legislación son: “Los distintos aspectos ambientales (efectos directos e indirectos; simples, acumulativos o sinérgicos; a corto, a medio o a largo plazo; positivos o negativos; permanentes o temporales; reversibles o irreversibles; recuperables o irrecuperables; periódicos o de aparición irregular; continuos o discontinuos)” (ANEXO 1: Conceptos técnicos Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre).

Descripción Cualitativa: Para realizar un análisis cualitativo se tienen en cuenta las siguientes características

  • Signo (±): La primera es el signo, que puede ser positivo o negativo, según sea el efecto beneficioso o perjudicial:

-Efecto Simple: Aquel que se manifiesta sobre un solo componente ambiental o cuyo modo de acción es individualizado, sin consecuencias en la inducción de nuevos efectos, ni en la de su acumulación, ni en la de su sinergia.

-Efecto Acumulativo: Aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa progresivamente su gravedad, al carecerse de mecanismos de eliminación con efectividad temporal similar a la del incremento del agente causante del daño.

-Efecto Sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente. Asimismo, se incluye en este tipo aquel efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo la aparición de otros nuevos”.

Los conceptos de simple y acumulativo se comprenden con facilidad. Un efecto puede considerarse acumulativo si, por ejemplo, cada una de las acciones producen sobre un determinado factor efectos pequeños, que al sumarse ya tienen importancia. Un efecto es sinérgico si la suma de sus incidencias individuales es menor que la incidencia total.

VALORACIÓN CUANTITATIVA O CÁLCULO DE MAGNITUD

La legislación recomienda que siempre que sea posible se realice una valoración cuantitativa.

Para que sea posible realizar una valoración cuantitativa se requiere expresar las características del elemento ambiental de forma medible, mediante factores ambientales y por tanto, los efectos producidos también deben de serlo. En ocasiones pueden medirse directamente, pero lo usual es que se requiera la utilización de un proceso más elaborado. Por ejemplo, la calidad del agua puede venir dada por la existencia de determinadas especies, por la cantidad de oxígeno que tiene disuelto o por la cantidad de determinados contaminantes, por lo que no se puede utilizar una medida directa sino que hay que elaborar un índice partiendo de varias características.

S e denomina magnitud de un impacto a la valoración cuantitativa que de él se realiza. La valoración cuantitativa es un proceso difícil que requiere del trabajo de especialistas.

Indices e indicadores:

Primero, es preciso determinar el indicador adecuado para cada elemento ambiental. La correspondencia entre elementos ambientales e indicadores no es biunívoca, pues las características de un elemento ambiental o un factor ambiental (por ejemplo, calidad del agua) pueden expresarse de forma cuantitativa por distintos indicadores. En otros casos puede no existir uno que convenza, o también puede ocurrir que su obtención sea tan complicada, que requiera tal cantidad de medidas de variables iniciales, que sea fácil perderse en su determinación, con lo que conviene buscar indicadores más sencillos que determinen un valor de forma realista.

Una vez que se tiene la lista de posibles impactos la forma de proceder es evaluar la situación preoperacional con el valor de cada indicador del factor ambiental que podría ser afectado, sin proyecto, es decir, si la obra no se realizara, y luego evaluar el valor del mismo para cada una de las alternativas propuestas. Por tanto, en la comunicación de la valoración del impacto se debe reflejar el valor del factor o del indicador antes del proyecto y su previsible evolución SIN él y compararlo con el valor del factor o del indicador CON él para cada una de las alternativas, que va a ser lo que se denomine “magnitud de impacto en unidades heterogéneas”.

Los indicadores y los índices ambientales son instrumentos útiles que permiten describir el valor de un impacto mediante la síntesis de datos.

La definición que se va a utilizar de estos conceptos es:

Indicador de impacto ambiental: Estimación de la magnitud de un determinado impacto ambiental.

Índice de impacto ambiental: Estimación de la magnitud de un determinado impacto ambiental a partir de estimaciones indirectas del valor del factor ambiental afectado.

Un índice es un tipo de indicador. La diferencia entre unos y otros estriba en la idea de “indirecto”. Para estimar la cantidad de individuos de una determinada especie que vive en un entorno dado y que es imposible contar directamente de uno en uno, se puede obtener un índice de su abundancia delimitando un recorrido y contando el número de huellas o de excrementos de esa especie que se encuentren cada vez que se realice el recorrido. No se sabe cuántos individuos hay, pero ese índice muestra si esa especie aumenta o disminuye, y permite comparar su abundancia con la de otros entornos.

Función de transformación:

Cada uno de los indicadores o índices del impacto ambiental vienen expresados en distintas unidades, “unidades heterogéneas”: decibelios (dB) si miden ruido, toneladas métricas o metros cúbicos si miden cantidades de tierra removida, hectáreas si miden el área de zonas deforestadas..., por tanto, para que sea posible trabajar con ellos y comparar los resultados obtenidos con los de otros impactos se requiere expresarlos en una unidad común, “unidades hom*ogéneas”, para lo que se utilizan las funciones de transformación.

La legislación contempla la jerarquización de las alternativas, es decir, se deben comparar unos impactos con otros al hacer la valoración global de cada alternativa. Por esta razón se debe conseguir que las magnitudes, que ya se tienen valoradas en sus unidades heterogéneas (t, m3, ha, decibelios...), puedan sumarse y operarse.

La función de transformación hace corresponder, para cada factor ambiental, su magnitud en unidades heterogéneas a su magnitud en unidades hom*ogéneas que ahora se hace variar entre 0 y 1. Al mayor valor posible de impacto, al más desfavorable, se le asigna el 1, y al menor, el 0, quedando comprendidas las magnitudes intermedias entre dichos valores.

Para representarlos se sitúa, en ordenadas, la magnitud medida ya en unidades hom*ogéneas, y en abscisas, la magnitud en unidades heterogéneas medida mediante el indicador o el índice. Esta función puede ser lineal o no, con pendiente positiva, si al aumentar el valor del indicador aumenta el valor absoluto del impacto (negativo), o con pendiente negativa si el índice mide calidad ambiental y al aumentar éste disminuye el impacto (negativo) o si el impacto ambiental es positivo o beneficioso cuya presencia mejora la calidad ambiental. Para cada valor del que se dispone la magnitud en unidades heterogéneas se calcula la nueva magnitud en unidades hom*ogéneas, bien gráficamente, bien analíticamente, tomando el primer valor como abscisa y obteniendo la ordenada correspondiente.

La magnitud final del impacto, para una determinada alternativa se obtiene restando la transformada de la magnitud en unidades heterogéneas con el proyecto de dicha alternativa a la transformada de la magnitud en unidades heterogéneas sin proyecto.

Valoración final de un impacto:

Cada impacto proviene de una acción y de un factor ambiental. Ese factor tiene un peso. Se ha calculado su importancia sumando los valores de cada atributo que se ha normalizado. Se ha realizado también una valoración cuantitativa, midiendo la magnitud del impacto utilizando indicadores directos o indirectos, a los que se ha aplicado una función de transformación obteniendo dicha valoración en unidades hom*ogéneas, para poder comparar entre sí impactos diferentes. El valor de cada impacto se ha obtenido multiplicando el peso del factor ambiental afectado por la valoración cualitativa normalizada y por la valoración cuantitativa en unidades hom*ogéneas.

3.MEDIDAS DE MINIMIZACIÓN DE IMPACTOS

Las medidas que se adopten para minimizar los impactos ambientales pueden considerarse como la parte más importante, o al menos una de las más importantes, del estudio de impacto ambiental. El impacto sobre el medioambiente producido por una determinada actividad depende mucho de la forma en que se realice la misma, por lo que, en el proyecto, se deben detallar todas aquellas medidas necesarias para que sea el menor posible.

Es preciso partir de la premisa de que siempre es mejor no producir un impacto negativo que luego tener que corregirlo. Cualquier medida correctora supone un coste adicional que, aunque en relación con el coste global del proyecto pueda ser bajo, puede evitarse, y más si se tiene en cuenta que dicha medida no suele eliminar completamente la alteración, sino sólo reducirla. Por ello es muy importante incorporar en el proyecto, un diseño adecuado desde el punto de vista medioambiental y mantener los cuidados preceptivos durante la fase de ejecución de las obras.

El objetivo de una evaluación de impacto ambiental es prevenir y corregir los efectos negativos que la realización de la actividad pueda tener para el medio ambiente, para lo que se estudian las medidas preventivas, protectoras, correctoras y compensatorias con el fin de eliminar, atenuar, evitar, reducir, corregir o compensar los efectos negativos que las acciones que se derivan del proyecto producen sobre el medio ambiente, así como aumentar, mejorar y potenciar los efectos positivos.

Para minimizar el impacto ambiental es necesario introducir medidas protectoras y correctoras.

Medidas protectoras

Se denominan medidas protectoras o medidas preventivas aquellas que evitan la aparición de un efecto ambiental negativo, bien sea mediante un diseño adecuado, mejorando la tecnología, trasladando la localización de toda la obra o la ubicación adecuada de sus elementos. Se protege un entorno ambientalmente valioso al mejorar el diseño del trazado, y al usar una tecnología más adecuada y menos contaminante o menos ruidosa, si se disminuye la invasión del territorio con jalonamiento y balizas, y si se diseña el calendario de forma que las operaciones afecten menos a la fauna. Son también medidas preventivas las que modifican las condiciones de funcionamiento o las condiciones de seguridad para evitar accidentes, como la disminución de la velocidad de vehículos, y las medidas para evitar incendios u otros desastres durante la obra.

El diseño del proyecto ya debe haber incorporado varias de ellas: ocupación de zonas ambientalmente menos valiosas, gestión de préstamos y vertederos, asegurar el drenaje natural de todo el territorio, protección del drenaje superficial, protección de la vegetación, evitar la contaminación de las aguas tratando como residuos tóxicos y peligrosos los vertidos de los motores y limpieza de los mismos.

Medidas correctoras

Son medidas correctoras aquellas que al modificar las acciones o los efectos consiguen anular, corregir, atenuar un impacto recuperable, bien sea mejorando un proceso productivo o sus condiciones de funcionamiento, como los filtros para evitar emisiones contaminantes, o insonorizaciones para evitar ruidos. También lo son las que modifican un efecto hacia otro de menor importancia o magnitud, o un factor mejorando la dilución o la dispersión como agente transmisor, o aumentando el caudal de agua o su aireación como agente receptor.

Por ejemplo, podrían ser:

  • Disminución de la contaminación acústica para que los niveles sonoros no superen en ningún punto los límites deseables. Algunas variables ya han sido tenidas en cuenta en el diseño: trazados, rampas mínimas, pavimentos drenantes. Para impedir la propagación del ruido hacia las zonas habitadas o ambientalmente sensibles se utilizan pantallas acústicas y diques de tierra.
  • Revegetación: Para reducir la erosión de las superficies desnudadas e integrar paisajísticamente y ambientalmente la obra se realizan tratamientos de revegetación en taludes, desmontes y terraplenes, tratamiento paisajístico en pasos elevados, medianas y enlaces, y el acondicionamiento vegetal en las zonas degradadas, así como pantallas vegetales para disminuir la contaminación del aire y el ruido.
  • Acopio y gestión de suelos vegetales: Para evitar la destrucción de suelos con valor agrológico se procede a la retirada, almacenamiento y acondicionamiento de la tierra vegetal útil procedente de las zonas ocupadas por la obra.
  • Protección de yacimientos arqueológicos: Todas las alternativas atraviesan por zonas arqueológicas declaradas bienes de interés cultural, por lo que la obra debe ser autorizada por ... (en cada Comunidad autónoma existe un organismo) que antes de otorgar la autorización ordenará la realización de prospecciones arqueológicas superficiales y, en su caso, excavaciones arqueológicas, de acuerdo con lo dispuesto en el título V de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
  • Pasos de fauna: Para impedir el paso de fauna a la obra y para dirigirlo a los pasos de fauna diseñados se procede a un vallado que sea efectivo para dichos objetivos. Se habilitan pasos de fauna según el proyecto.

Medidas compensatorias

Son medidas compensatorias las que ni evitan, ni atenúan, ni anulan la aparición de un efecto negativo, pero contrarrestan la alteración del factor al realizar acciones con efectos positivos que compensan los impactos negativos que no es posible corregir y disminuyen el impacto final del proyecto.

5.COMUNICACIÓN

Al ser la comunicación uno de los objetivos, lo que se pretende es que tanto la Administración como el público en general pueda ser capaz de entender, juzgar y decidir sobre la aceptabilidad del proyecto y de sus alternativas, por lo que, todo el estudio de impacto ambiental debe reunir unas ciertas características: lectura sencilla y facilidad de comprensión, por lo que debe ir acompañado de mapas y representaciones cartográficas que señalen el área del proyecto, las zonas sensibles y donde se indiquen los tipos de impacto.

Termina con un documento de síntesis en el que se resume todo lo realizado en el mismo, en un máximo de 25 páginas, para que Administración y público en general sean capaces de entender, juzgar y decidir sobre la aceptabilidad del proyecto y sus alternativas.

Veamos lo que el Real Decreto antes mencionado, en el artículo 12, dice:

Documento de síntesis.

El documento de síntesis comprenderá en forma sumaria:

a) Las conclusiones relativas a la viabilidad de las actuaciones propuestas.

b) Las conclusiones relativas al examen y elección de las distintas alternativas.

c) La propuesta de medidas correctoras y el programa de vigilancia tanto en la fase de ejecución de la actividad proyectada como en la de su funcionamiento.

El documento de síntesis no debe exceder de veinticinco páginas y se redactará en términos asequibles a la comprensión general.

Se indicarán asimismo las dificultades informativas o técnicas encontradas en la realización del estudio con especificación del origen y causa de tales dificultades.

Se observa, tal y como antes se ha comentado, como la legislación marca el número de páginas, que no debe ser superior a 25, y como impone que la redacción sea asequible a la comprensión de personas sin necesidad de tener conocimientos técnicos, además de indicar su contenido. Una vez que se ha visto cuáles son los consejos y normas que se encuentran en la legislación, se van a estudiar ahora un modelo y unos consejos prácticos sobre el contenido del documento de síntesis.

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Author: Dr. Pierre Goyette

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